Solamente los ciudadanos estadounidenses pueden establecer un proceso de solicitud para traer a sus hermanos a vivir a los Estados Unidos.
El solicitante no llenará por separado la solicitud de petición de su hermano(a) y la de la esposa(o), o por los hijos solteros menores de 21 años de edad, de su hermano. Los trámites correspondientes a esta petición dependerán de si el peticionario y el reclamado tienen la misma madre, el mismo padre pero madres diferentes o si fueran ilegítimos.
Si el peticionario y el reclamado tienen en común la misma Madre, los documentos que deben enviarse al Servicio de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos son los siguientes:
-Formulario I-130 (Petición de un Pariente Extranjero).
-Copia de su Certificado de Nacimiento donde se corrobore el nombre de la madre.
-Copia del Certificado de Naturalización o Ciudadanía, si no nació en los Estados Unidos.
-Copia del Certificado de Nacimiento de su hermano, que contenga el nombre de la madre.
Si el peticionario y el reclamado tienen en común el mismo Padre, pero madres diferentes, los documentos que deben enviarse al Servicio de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos son los siguientes:
-Formulario I-130 (Petición de un Pariente Extranjero).
-Copia de su Certificado de Nacimiento donde se corrobore el nombre de su Padre.
-Copia del Certificado de Naturalización o Ciudadanía, si no nació en los Estados Unidos.
-Copia del Certificado de Nacimiento de su hermano, que contenga el nombre del Padre.
-Copias de la Certificación de Matrimonio de su Padres con ambas Madres (su madre y la de su hermano).
-Copias de actas de divorcio, defunción o anulación que corroboren que matrimonios anteriores de sus padres o madres terminaron legalmente.


30 respuestas hasta ahora ↓
1 roberto // may 23, 2011 a las 23:24
Quisiera saber como recuperar mi pasaporte ,pues me lo quito inmigracion cuando cruze
2 arturodiaz // ago 21, 2011 a las 22:47
vivo en cordoba y tengo un hermano ciudadano en los eua y el quisiera reclamarme , pero mi esposa esta en cuba ella puede ser reclamada al mismo tiempo ,le agredeceria que me orientaran mis saludos
3 maria // ago 22, 2011 a las 21:42
Hola Arturo, usted no especifica quién establecerá la reclamación de su esposa pues su hermanono podrá reclamarla. saludos
4 J.D. // sep 26, 2011 a las 12:23
Maria,
Si mi madre nunca se caso con mi padre entonces yo no puedo reclamar a mi hermana por parte de padre?
5 Luis C. Fernandez // oct 12, 2011 a las 15:57
Soy ciudadano americano, quiero reclamar a mi hermana y esposo que viven en canada y son ciudadanos canadienses, que hago?
6 maria // oct 12, 2011 a las 20:38
Hola Luis, bienvenido al Blog. Usted puede reclamarlos siguiendo los pasos estipulados, iniciando con el I-130 que es la solicitud de un pariente extranjero. Saludos y mucha suerte!
7 Dayana // dic 7, 2011 a las 15:48
Buenas tardes maria, de ante mano muchas gracias mi pregunta es la siguiente.
Yo quiero reclamar a mi hija mayor de edad casada y con una bebita.
tendria que llenar la planilla I-130 para cada uno y enviar 3 money order por el valor de 420.00 dolares o solo reclamando a mi hija y enviando un money order? por favor necesito que me ayude de ante mano muchas gracias
8 raymundo // ene 4, 2012 a las 11:39
quiero reclamar a i hermana mayor de edad con hijos cuanto es el tiempo que se demora
9 maria // ene 4, 2012 a las 17:37
Hola Raymundo depende de múltiples factores pero es el proceso que más tarda. Saludos
10 Rey // ene 4, 2012 a las 21:53
Hola,
Quisiera saber como nos beneficia el programa de reunificacion familiar firmada por bush en el 2007 porque yo reclame a mi hermana hace un ano como ciudadano americano y solo he recibido la primera notificacion que recibieron los documentos. Segun lo que leo referente al programa,se reduce el tiempo pero al parecer nada.
Hay algo mas que hacer que esperar?
Gracias
11 maria // ene 5, 2012 a las 0:37
Hola Rey, si beneficia pues las reclamaciones en la categoría de hermanos para el resto del mundo tienen un tiempo de espera entre los 8 y los 10 años, los hermanos son la última categoría de preferencia familiar y por tanto los que menor número de visas reciben. Saludos
12 yamy // ene 12, 2012 a las 13:40
Hola,gracias por la ayuda que nos ofrece este site,en mi caso soy ciudadana americana y quiero reclamar a mis hermanas que estan casadas ambas con hijos,segun entiendo el formulario es el I-130,y mi pregunta es;si para los trámites debo traducir todas las certificaciones que piden?,si puedo hacerlo yo misma?,notarizandola,supongo yo, y luego a que direccion someto todos los documentos? tambien hay que enviar el pago? disculpen mi ignorancia en el tema,Gracias y bendiciones a todos
13 maria // ene 12, 2012 a las 23:20
Hola Yami, todos los documentos que estén en un idioma que no sea el inglés deberán ser traducidos y notarizados. El resto de los datos tenemos como norma que solamente brindamos información general. saludos y suerte!
14 alis // ene 23, 2012 a las 23:00
Hola Maria,gracias por su ayuda,mi pregunta es que me han dicho que se demora promedio la reclamacion de hermana ciudadana( es mi caso) a hermana en cuba dos anos,yo puse mi peticion I 130 abril 2011 y solo me llego la noticia que recivieron mi aplicacion y que me daran aviso ya hace 9 meses y aun no tengo respuesta,sera cierto que se demora tan poco tiempo?
15 maria // ene 24, 2012 a las 12:01
Hola Alis, la reclamación a hermanos es la última categoría de familiares preferenciales y por tanto es la que más demora, el tiempo estimado de espera para obtener una visa en esa categoría es de 10 años, pero en el caso de los cubanos si se acogen al programa de reunificación familiar bajo Parole el tiempo se acorta considerablemente y ello depende de la cantidad de solicitudes que estén procesando, lo que más demora tiene es la fecha de entrevista que ya están por el 2014-2015. Saludos y suerte
16 alis // ene 24, 2012 a las 20:12
Gracias Maria por contestarme,y como hago para acogerme a ese programa,yo llene solamente la I130 y mande todos los documentos que me pidieron o es que ellos como cubana me ponen en ese programa,esta es una de mis dudas,gracias
17 maria // ene 24, 2012 a las 20:23
Hola Alis cuando se aprueba el I-130 USCIS le envía una carta pidiendo su consentimiento para tramitar la petición a través del Parole de Reunificación Familiar. Saludos y suerte!
18 Iraida // ene 24, 2012 a las 20:56
Hola Maria, yo necesito hacer una pregunta. Siendo ciudadana yo reclame a mi hermano que vive en Cuba. La pregunta es: cuando el se presente a la entrevista puede pedir parole para nuestros padres con vistas a que ellos vengan mas adelante? Muchas gracias por su ayuda, sus consejos son muy utiles para nosotros. Saludos
19 maria // ene 25, 2012 a las 11:34
Hola Iraida según lo establecido No, pero el Parole se otorga también a discreción del oficial consular que realiza la entrevista por tanto cuando le pregunten si va a solicitar Parole para alguien no pierde nada con hacerlo. Saludos
20 Saily // ene 26, 2012 a las 16:51
Hola Maria y muchas gracias de antemano por su ayuda,,, yo estoy recien llegada al pais pero aun no tengo ni mi residencia como se imaginara,,, en cuba tengo a mi mama y quiero traerla conmigo, oero tengo entendido q tengo q esperar por la ciudadania para realizar ese tramite, mi mama tiene una hermana q es ciudadana aqui pero tambien he leido q la reclamacion de hermana a hermana esta demorando mucho… Que usted me aconseja para poder tener a mi lado a mi mama lo mas rapido posible??? Gracias y saludos…
21 maria // ene 26, 2012 a las 17:27
Hola Saily, los residentes no pueden reclamar a sus padres, solamente solicitar una visa de inmigrante y vendría de visita. La opción de la reclamación de hermanos en estos momentos es factible, es cierto que es la categoría que más tiempo de espera tiene pero de igual forma usted tendría que esperar 5 años para obtener su ciudadanía y si su tía la reclama y aceptan traerla bajo parole el tiempo se acorta muchísimo. Saludos
22 Saily // ene 26, 2012 a las 17:37
Muchisimas gracias por su consejo Maria y por ayudarnos tanto,,, feliz dia y bendiciones…
23 Saily // ene 31, 2012 a las 18:45
Una pregunta maria y disculpe por tantas molestias si mi tia le va hacer la reclamacion a mi mama le piden:
-Copias de la Certificación de Matrimonio de su Padres con ambas Madres (su madre y la de su hermano).
-Copias de actas de divorcio, defunción o anulación que corroboren que matrimonios anteriores de sus padres o madres terminaron legalmente.
Mi pregunta es si mi abuela y mi abuelo nunca se casaron que pasa en ese caso con las inscripciones de nacimiento de mi mama y mi tia no es suficiente??? Gracias de nuevo por su ayuda!!!
24 maria // feb 1, 2012 a las 13:04
Hola Saily lo que establece Inmigración en los casos en que no se realizó un matrimonio desde el punto de vista legal o civil es lo siguiente(lo coloco textualmente):
-Si usted jamás se casó con la madre del niño antes de que el niño cumpliera los 18:
o Si la ley en su domicilio o el de su niño considera que el niño está legitimado, no necesita proveer mayor información. Esta aplica si las dos son hijas de padre y madre.
o Si su niño no está legitimado legalmente (esto es en el caso que no se hubiera reconocido a una de las hijas, que supongo no sea el caso) usted debe presentar evidencia que estableció una relación verídica de padre-niño antes de que el niño cumpliera los 21 años o se casara. Esto debe ser evidencia de participación en la vida emocional o financiera del niño
25 Kleydis // feb 1, 2012 a las 18:37
Hola Maria tengo una pregunta si yo quiero reclamar a mi hermana que esta en Cuba pero lo quiero hacer a través del parole porque el proceso es mas rápido me piden un Affidavit, ahora mi pregunta es la siguiente en mi caso, yo que soy ama de casa, puedo hacerle el affidavit a través de los taxes que reporta mi esposo en la que yo aparezco como esposa y ama de casa? O mi esposo puede hacerle el affidavit a mi hermana? Gracias de antemano por su ayuda.
26 maria // feb 1, 2012 a las 22:37
Hola Kleidys, en estos procesos es necesario presentar Affidavit of support, le recomiendo que lea el artículo que hemos publicado sobre la affidavit of support.Saludos y suerte
27 ANDRIA // feb 8, 2012 a las 18:53
HOLA!! MIS SALUDOS!! EN CASO DE QUE MI HERMANO ME RECLAME Y SEAMOS HERMANOS POR PARTE DE PADRE PEROMI PAPA NO SE CASO CON SU MAMA NI CON LA MIA, QUE DOCUMENTOS HARIAN FALTA. OTRA COSITA Y DISCULPE, YO SOY CUBANA PERO VIVO EN VENEZUELA, TENGO VISA DE TRANSEUNTE. ESO PUEDE AFECTAR LA RECLAMACION? GRACIAS Y DISCULPE LAS MOLESTAS OCACIONADAS.
28 maidany // feb 27, 2012 a las 14:01
hola soy ciudadana y quisiera que alguien me ayude, quiero reclamar a mi hermana esposo hijo menor y una hija ya de 23 casada que alguien me diga si ella puede entrar en el proceso tambien con su esposo o sea el mismo nucleo familiar? y mas o menos que precio cobran por los servicios esos.
29 kirenia // abr 20, 2012 a las 13:53
quisiera si alguien sabe que me respondiera algo,soy residente de los estados unidos y dentro de poco voy a hacerme ciudadana,por otra parte tengo un tio ciudadano que le puso hace 3 anos mas o menos una reclamacion a mi mama,la pregunta es ahora que me haga cuidadana se puede cambiar el estatus de la reclamacion de hija a madre y si se demoraria o cuenta la espera?por favor si alguien sabe que me responda,gracias.
30 maria // abr 20, 2012 a las 21:28
Hola Kirenia, usted debrá iniciar una nueva reclamación pues son dos categorías completamente diferentes. La reclamación de hija ciudadana a madre demora entre 9 meses y un años. saludos
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